«No hay oscurantismo, sino respeto institucional y prudencia en la gestión de un asunto complejo que exige equilibrio entre la conservación y la protección del ganado», aseguran. La Consejería recuerda que se ampara en el artículo 13.1 d) de la Ley 27/2006, de 18 de julio, sobre acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Este artículo establece que las solicitudes pueden referirse a «material en curso de elaboración o a documentos o datos inconclusos», entendidos como aquellos sobre los que la autoridad pública está trabajando activamente.
En caso de denegación de acceso, la autoridad competente debe indicar que está preparando el material y ofrecer información sobre el tiempo previsto para finalizar su elaboración, añaden las mismas fuentes.