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Aprobado un decreto que aumentará la vigilancia en los puestos para prevenir el robo de uva y aceitunas en Extremadura

MÉRIDA, 8 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula la trazabilidad de uvas y aceitunas para garantizar el seguimiento de estos frutos sin transformar, desde su lugar de producción en Extremadura hasta un establecimiento, tanto cuando el destino es directamente el establecimiento como cuando dichos productos se entregan a ‘puestos’ y después se destinan a un punto de transformación.

Asimismo, delimita la actividad de los ‘puestos’, dado el «vacío y singularidad» de los mismos como mercado tradicional extremeño, para que responda a la naturaleza de estos de fase vinculada a la producción primaria agrícola y no implique riesgos en seguridad alimentaria.

En palabras de la portavoz de la Junta, Victoria Bazaga, se suplen las «deficiencias» del anterior decreto y se da «certidumbre» a los titulares de viñas y olivares, tal y como «venían reclamando desde hace años» para vender sus productos «con garantías».

La nueva trazabilidad supone un «refuerzo del control» de los puestos donde se venden estos productos agrícolas. El objetivo es «evitar riesgos para la seguridad alimentaria derivados de la intermediación entre pequeños productores y el establecimiento de transformación», ha abundado.

También contempla «mayor protección» de las explotaciones extremeñas, herramientas para cumplir con los requisitos higiénicos, sanitarios y «mejoras de las labores de prevención de robos en las cosechas».

Para ello se ha estrechado la colaboración entre las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y las autoridades autonómicas. Con esta medida se pone así «fin al limbo jurídico» en el que se encuentran estos puestos de uva y aceitunas y se cumple con un «compromiso» de la Junta con los agricultores que se sentían «desprotegidos frente a los robos en el campo».

Así, a efectos de este decreto, se considera ‘puesto’ el lugar o instalación con ubicación fija en Extremadura que se dedica exclusivamente a operaciones de descarga, almacenamiento y recarga de uvas y aceitunas sin transformar, producidas en la región y destinadas únicamente a un establecimiento ubicado dentro o fuera de la comunidad autónoma.

Los titulares de los ‘puestos’ están obligados a formular una comunicación de la actividad para su inscripción registral y cumplimiento de los requisitos higiénico-sanitarios propios de los operadores de fases ligadas a la producción primaria.

En el decreto se exige como novedad que este modelo normalizado de documento de acompañamiento de traslado de uvas y aceitunas sea descargado de la plataforma Arado, con objeto de mejorar la seguridad al permitir su acceso a las personas productoras primarias identificadas con código en el Sistema de Información de Explotaciones Agrícolas (SIEX).

Con esta norma se deroga y sustituye el Decreto 171/2016, de 18 de octubre, que no había podido evitar la continuidad de actividades irregulares que comportaban riesgo para la salud pública.