Última hora

Los beneficiarios de las ayudas a la cereza, cereal y apicultura conocerán los importes en dos semanas

Fotonoticia 20261030102351 1920
El Diario Oficial de Extremadura publica en su edición de este viernes, 30 de octubre, el Decreto-Ley 6/2026, de 27 de octubre, por el que se regula la concesión de ayuda extraordinaria a explotaciones de cereza afectadas por adversidades climáticas y la concesión de ayuda de emergencia a explotaciones de cereal y apícolas por el incremento de costes provocado por la crisis en Oriente Próximo.

La norma entra en vigor este mismo viernes, fecha en la que comienza a contar el plazo para que la Junta de Extremadura publique el listado provisional de beneficiarios de las ayudas, que no tendrán que presentar solicitud alguna.

Según establece el propio decreto, el órgano instructor publicará dentro de los diez días hábiles posteriores al de la publicación en el DOE de este decreto-ley, es decir, el próximo 13 de noviembre, la relación provisional de personas y entidades beneficiarias, de las cuantías de las subvenciones a percibir e incidencias detectadas.

Quienes consideren que cumplen los requisitos necesarios para obtener la condición de beneficiarias y no aparecieran en dicha lista, así como quienes consideren incorrecta la cuantía asignada, tendrán un plazo improrrogable de diez días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la relación para alegar y justificar su derecho.

En su conjunto, estas ayudas extraordinarias, recogidas en el decreto-ley aprobado el pasado martes en Consejo de Gobierno, alcanzan un importe de 19.587.335 euros. De ellos, 2 millones de fondos propios de la comunidad corresponden a la ayuda a la cereza, y los 17 millones restantes, al cereal y la apicultura.

De ellos, 5.860.000 euros corresponden a la asignación europea para Extremadura, mientras que el resto, 11.720.000 euros, son también fondos propios de la comunidad, por lo que la administración autonómica aporta 13.720.000 euros de recursos propios.

Las ayudas a la cereza van destinadas a personas y entidades titulares de superficies de cultivo de las variedades recogidas en el anexo II del Decreto-ley (13-S-3-13; 4- 84; Bing Black; Star Blaze; Star Brooks; Celeste; Frisco; Garnet; Hardy; Giant; New Star; Sam; Sandon Rose; Santina; Sonata; Stark Hardy Giant; Starking Hardy Giant; Summit; Van; y Vera) y estén situadas en las zonas de Coria, Hervás, Jaraíz de la Vera, Logrosán, Navalmoral de la Mata, Plasencia y Trujillo.

La cuantía máxima será de 12.000 euros por persona o entidad beneficiaria, incluido, en su caso, el incremento por contratación del seguro agrario, y sin perjuicio de los límites aplicables al régimen de ayudas de mínimis.

Las ayudas aprobadas establecen, para los primeras dos hectáreas, 1.500 euros por hectárea; en superficies superiores a dos hectáreas y hasta cuatro hectáreas, 1.250 euros por hectárea; superficies superiores a cuatro hectáreas y hasta siete hectáreas, 1.000 euros por hectárea; superficies superiores a 7 hectáreas y hasta 10 hectáreas, 750 euros por hectárea y ya superficies superiores a 10 hectáreas, 500 euros por hectárea.

Asimismo, aquellos productores que tengan contratado el seguro de cereza correspondiente la campaña de 2026 percibirán un incremento del 20% de los importes previstos.

CEREAL Y APICULTURA

El Decreto-ley también regula la asignación de una subvención por un importe total de 17.587.335 euros para los sectores cerealista y apícola dirigida a compensar las pérdidas económicas derivadas del incremento de los costes de los fertilizantes y/o precios de la energía, como consecuencia de las perturbaciones de los flujos comerciales por el cierre del estrecho de Ormuz.

Beneficiará a las personas y entidades titulares de plantaciones dedicadas a cereal o mezclas de cultivos recogidos en el anexo IV, que podrían contar con una ayuda de 30 euros por hectárea de secano y de 50 euros si es de regadío, hasta una superficie máxima de 300 hectáreas.

De igual modo, las granjas apícolas activas, inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas, Identificación y Trazabilidad Animal (BADIGEX) y que dispongan de un mínimo de 150 colmenas computables, pueden percibir 18 euros por colmena por las primeras 350; 12 euros por colmena para las encuadradas entre la 351 y la 500, ambas inclusive; y 8 euros por colmena para las comprendidas entre la 501 y la 1.000, ambas también inclusive.

La cuantía a percibir comprenderá la suma de los importes correspondientes a cada tramo, con un máximo de 12.000 euros por persona o entidad beneficiaria. Las colmenas que excedan de 1.000 no generarán un importe adicional.

Según indicó el consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, Juan José García, tras la aprobación del decreto el pasado martes, el plazo máximo de resolución de estas ayudas es de dos meses desde la publicación del listado, por lo que deberían estar aprobadas a más tardar antes del 28 de febrero del 2027, si bien ha remarcado que la previsión es «abonar cuanto antes» y si es posible, incluso antes de que finalice al año.