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Rural.- Las ayudas para promover recuperación de tierra agraria pueden pedirse hasta el 31 de octubre de 2026

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 21 (EUROPA PRESS)

Las ayudas para gastos relacionados con la promoción de instrumentos de movilizacion y recuperación de la tierra agraria pueden solicitarse desde este martes y hasta el 31 de octubre de 2026.

Así lo recoge el Diario Oficial de Galicia (DOG), que publica este lunes las bases reguladoras y la convocatoria para los años 2025 y 2026, con un presupuesto de 30.000 y 70.000 euros, respectivamente.

La directora xeral de la Axencia Galega de Desenvolvemento Rural, Paz Rodríguez, ha visitado A Estrada para informar de la convocatoria de estas ayudas, que promueven herramientas como las permutas de especial interés agrario y los polígonos agroforestales de iniciativa privada.

Durante la visita conoció un proyecto de movilización de tierra a través de permutas que se quiere llevar a cabo en este ayuntamiento, según informa la Consellería de Medio Rural.

Las personas que acrediten la puesta en marcha de dichos instrumentos pueden optar a esta aportación, que cuenta con ese presupuesto de 100.000 euros para los dos años.

Como novedad, en esta convocatoria se incluyen las ayudas para gastos de asesoramiento técnico y jurídico, un recurso «muy demandado» por los propietarios que quieren acometer este tipo de procesos.

En concreto, son gastos subvencionables los de asesoramiento técnico y jurídico, trabajos técnicos y de acondicionamiento de los terrenos, hasta un máximo de 15.000 euros; gastos notariales, registrales y de inscripción necesarios, hasta un máximo de 3.000 euros; y todos los gastos justificados y pagados entre el 1 de enero de 2025 y el 1 de noviembre de 2026.

No será subvencionable el IVA cuando sea recuperable por la persona beneficiaria de la ayuda y podrán ser beneficiarias de las ayudas correspondientes a las permutas de especial interés agrario gestionadas al amparo de estas bases reguladoras las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas jurídicas y las comunidades de bienes que cumplan una serie de requisitos.

Al igual, en relación con las ayudas correspondientes a la puesta en marcha de polígonos agroforestales de iniciativa privada u otras iniciativas de recuperación y movilización de tierras, gestionadas también a través de estas bases reguladoras, podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, siempre que se cumplan los requisitos.